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Justicia cuestionó procedimientos de Carabineros en programa «Alerta Máxima» de CHV

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ALERTA-MÁXIMA

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección y ordenó a Chilevisión omitir en futuras emisiones de su programa Alerta Máxima las imágenes de un procedimiento policial que se grabaron al interior del domicilio de la afectada en Quilicura la madrugada del 8 de mayo de 2015. Además, ordenó que en sus futuros programas deberán abstenerse de emitir el material audiovisual registrado con motivo del procedimiento policial.

Como indica Radio Bío Bío, la sentencia determina que el canal privado violó los derechos de la honra de la recurrente al difundir un procedimiento policial realizado en su hogar: “La actuación cuestionada está desprovista de templanza, no se adoptaron resguardos elementales e importó una exposición pública no consentida y desmedida. En suma, un ataque a la privacidad y a la inviolabilidad del hogar que el Derecho no tolera”

La resolución cuestiona el actuar de Carabineros al permitir la presencia de medios de comunicación en un procedimiento policial, planteando que si bien la intervención de Carabineros de Chile –únicamente en lo que se refiere al procedimiento policial–, está amparada por la ley, “no puede decirse lo mismo de la autorización que los funcionarios policiales otorgan a equipos de televisión comercial para ingresar a hogares, como ocurriera en este caso”.

“Puede entenderse que Carabineros de Chile, con propósitos de difusión de sus actividades institucionales, autorice que determinados programas les ‘acompañen’ en sus procedimientos, cuando ellos se verifican en espacios o lugares públicos, pero algo muy diferente es que estén facultados para permitir que terceros extraños –que no son los funcionarios a quienes la ley autoriza–, puedan intervenir, presenciar y hasta registrar audiovisualmente procedimientos policiales que se ejecutan al interior de un hogar. Para eso, el ordenamiento jurídico no les reconoce ninguna atribución”

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