¿Tienen Derechos Humanos los Carabineros?

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PACO SELFIE 2

 

La violencia ejercida por particulares en contra de la policía y la ejercida por esta en contra de particulares siempre debe ser condenable en una sociedad democrática. Con frecuencia se debate respecto de esta materia, reclamando algunos: ¿Acaso los Carabineros no tienen DD.HH.? En general, quien comete violación a estos derechos es el Estado, a través de sus agentes, entre otros, los policías. Esta corriente es la más usada en el Derecho Internacional.

 

Los particulares, al usar violencia en contra de los policías, no cometen violación a los DD.HH., sino delitos que deben ser perseguidos por el Estado, aplicando la legislación propia de un Estado de Derecho y la participación de sus órganos competentes: Policía, fiscales, jueces, etcétera. En cambio, si la violencia o los delitos son cometidos por la policía en contra de particulares, es el Estado, a través de sus agentes, quien está violando los DD.HH.

 

Sin embargo, hay ocasiones en que el Estado sí puede cometer violación a los Derechos Humanos de los policías. ¿Cuándo? Por ejemplo, cuando no los provee del equipo adecuado para controlar los desórdenes públicos o cuando no están capacitados para enfrentarlos, o si reciben órdenes que los pongan en peligro. Ahora, si un policía es víctima de violencia y no hay persecución diligente de los responsables, podría existir violación de Derechos Humanos en perjuicio del funcionario. Con todo, tanto los particulares como los policías pueden recurrir a Cortes Internacionales de Justicia si el Estado no les brinda la justicia a que tienen derecho.

 

Cualquier definición sobre los derechos coincidirá con lo escrito arriba. ¿Quién escribió esta? Nada más y nada menos que el ex General Director de Carabineros Alberto Cienfuegos. ¿Por qué la elegimos específicamente? Para que los fachos, en su ignorancia y estupidez, dejen de hinchar las bolas cuando pregunten como los tontitos que son: «¿Y dónde están los DD.HH de Carabineros?». Es el ESTADO el que viola los Derechos Humanos, cuando lo hace alguien más es un DELITO. Lo anterior, dedicado a los ultrafascistas de la UDI que siguen desparramando ignorancia impunemente.

 



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23 comentarios

  1. ¿o sea es lo mismo una institución del Estado a una banda criminal??? esta oregunta que tanto repiten los derechistas… claroporque vien en la guerra de clases aun, saben que las ffaa y de orden están a favor y actúan hacia sus intereses… basta ver los operativos en poblaciones, como saltan por los techos y patean puertas de cualquiera, y el proceder en vitacura…… Y es para que las instituciones no pueden ser fiscalizadas ni sus funcionarios aplicarles la ley en actos que se alejan de la misma, es decir de delitos… Los DDHH son para personas, personas comunes SIN PODER, víctimas de arbitrariedades, secuestros torturas, actos DELICTIVOS efectuados por INSTITUCIONES PODEROSAS DEL ESTADO que tienen poder y que abusan de sus facultades hasta el límite de actuar alejados de la ley… Y NO de actos delictivos efectuados por personas comunes a funcionarios, que YA tienen poder, que YA están amparados por la ley y por además su cargo, ya q daño a carabinero es peor q a una persona común. O SEA están RE amparados .. Ahora el hecho que no se diferencie el victimario ni víctima es peligroso Más aún cuando el victimario es respaldado corporativamente. Ahí derechamente la institución se transforma en una MAFIA. Y si la ley se respeta cuando me conviene eso es ANARQUIA. Ojo con los conceptos y ls pasiones

  2. Pedir DDHH por parte de un Carabinero es decir que la «gente» es una institución alejada a el…es decir ya una diferenciación con los ciudadanos comunes, además es decir que ese delincuente es un representante de dicha «institución ciudadana», además es decir que no existe Imperio delaLey, o sea es decirque hay anarquía y unarevolución. Y que el no está amparado por la ley…Es decir que es un ser sin poder, por tanto su cargo no tiene poder ni autoridad. ni su institución. Es decir que la gente tiene más poder que la instituciónloque claramente es un absurdo. Creo que los apasinados deben quitar ese infantilismo, desarrollemos una sociedad madura,por favor, donde la ley sea igual para todos,

    • Quién tiene las armas, el equipamiento cual armaduras, entrenamiento en Concon, financiamiento abierto y secreto, instituciones públicas y clandestinas, vehículos públicos y clandestinos, leyes, tribunales militares, doctrina, protocolos, funcionarios financiados por el Estado para agredir a otro ser humano por protestar o tener ideas distintas al gobierno de los mas ricos y usa todo lo que tiene y más violando, torturando, matando, sacando ojos, golpeando, gaseando, es el que viola los DDHH. Es un psicópata que defiende los intereses de otros. Es un policeman.

  3. Rodrigo Lemus on

    El artículo está mal redactado y carece de fundamento legal, hace una confusión jurídica entre los DDHH y los derechos constitucionalmente reconocidos, además de un desconocimiento del debate internacional en estas materias.

    Esto no tiene que ver con posturas de derecha o izquierda, sino de cuales son las tendencias jurídicas en vigor a la hora de analizar el espectro de acción de los DDHH, en este momento internacionalmente se tiene claridad sobre el marco normativo básico de los mismos, pero el campo de acción de estos, así como quienes son sujetos activos o pasivos del mismo. Están en constante análisis y debate.

    La postura planteada por vuestro diario,no solo es clasica. Es decir anticuada pues ha sido superada por el debate actual en esta materia, sino que está mal argumentada.

    Analizaremos los tópicos por puntos, según la visión moderna de DDHH.

    1 El carabinero es un ser humano, por el ser un ser humano posee DDHH, los cuales son inherentes a su calidad humana, dichos derechos no son suspendidos al momento que este viste un uniforme. Por tanto es totalmente lógico pensar que atentar contra la vida de un carabinero. Quemarlo, apedrearlo es un atentado contra los derechos humanos del oficial.

    2. Las instituciones como Carabineros de Chile, efectivamente carecen de DDHH, por ser instituciones, ellos poseen derechos constitucionalmente reconocidos, eso no significa como ya se comentó que sus oficiales en particular no los poseean.

    3 es una falacia jurídica (mezcla de mentira con verdad) señalar que sólo el estado puede violar DDHH, cualquier organización que actúe establecida o formada ad hoc que use la represión, la violencia o la tortura física o sicológica, puede ser sujeto activo en una violacion de derechos humanos.

    En ese orden argumentativo se han orientado las últimas declaraciones internacionales en materia de DDHH.

    Si se va abrir un artículo en esta materis. Cualquier fuente de periodismo serio, investigaría un poco. Plantearía las posturas existentes y abriría un debate y no se casaría con una corriente de análisis de DDHH, que es antigua y prácticamente sin apoyo jco actual.

    Por lo demás, es lógico que el oficial de Carabineros se confunda terminologicamente considerando que ustedes mismo los periodistas que redactan este diario tienen un desconocimiento de los conceptos y sus aplicaciones.

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