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Juez de la Corte Suprema confirmó que la Nueva Constitución beneficiará a los narcos

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Entonces para resumir:

Basta tener dos neuronas para entender que la Nueva Constitución hundirá al país a nuevos niveles. Para cerrar el tema constitucional y sacar el país adelante, la única alternativa es votar EN CONTRA. Parte de un artículo de La Tercera detalla:

El debate jurídico sobre si la propuesta de nueva Constitución transformaría en inconstitucional la ley antidrogas escaló hasta la Corte Suprema. Hace unas semanas un grupo de penalistas y académicos de la Universidad Adolfo Ibáñez -Javier Wilenmann, Antonio Bascuñán, Rodrigo Correa y Samuel Tschorne- a través de una carta al director en El Mercurio, afirmaron que la regulación de las garantías penales mínimas que hicieron los consejeros transformaría en inconstitucional el combate contra el narcotráfico.

La pugna lleva directo a la norma que establece que “ninguna ley podrá establecer penas ni medidas de seguridad sin que la conducta que se sanciona esté precisa y expresamente descrita en ella”.

Esa regulación, sumada a la disposición creada por el Consejo que establece que “las competencias sancionadoras administrativas solo se ejercen a través de un proceso previo, racional y justo, legalmente tramitado, por conductas determinadas en su núcleo esencial por la ley”, podrían, según explicó posteriormente Wilenmann en entrevista con este medio, transformar en inconstitucional elementos del derecho administrativo sancionador y, sobre todo, la complementación que hace la Ley 20.000 que sanciona el tráfico de estupefacientes y sustancias psicotrópicas con sus respectivos reglamentos.

El asunto quedó instalado y la izquierda rápidamente aprovechó el punto para explotarlo durante la campaña. Tanto así que los parlamentarios del PC llegaron hasta el máximo tribunal para pedirle su opinión sobre los riesgos que podría tener el texto del Consejo respecto de la ley antidrogas. Diez días tardó la Corte Suprema en responder dicho requerimiento.

Como era de esperar, en el PC recibieron este jueves una respuesta negativa desde Suprema. “Esta Corte no emitirá pronunciamiento respecto al requerimiento formulado por los parlamentarios”, se lee en el documento revisado por La Tercera.

Sin embargo, lo que más llamó la atención fue una prevención realizada por el emblemático e influyente ministro de la Tercera Sala, Sergio Muñoz. “Se previene que el ministro señor Sergio Muñoz, con un ánimo colaborativo, estuvo por hacer presente que la materia en consulta ha sido conocida por el Tribunal Constitucional, el cual la resolvió mediante fallo de fecha 4 de diciembre de 1984 en Rol N° 24-1984″.

Muñoz adjuntó dicha sentencia, la cual hace alusión a una revisión de constitucionalidad del “Proyecto de Ley que sancionaba el Tráfico Ilícito de Drogas y Estupefacientes”, la norma que antecedió la actual Ley 20.000.

Dicho fallo analizó el punto en cuestión, es decir, si las leyes penales, para sancionar las conductas, pueden hacer reenvíos a reglamentos, es decir, normas jurídicas de rango infralegal. Todo esto en el entendido que, en el tiempo de la sentencia comentada por Muñoz, la Constitución exigía que “ninguna ley podrá establecer penas sin que la conducta que se sanciona esté expresamente descrita en ella”.

Todo esto en un contexto en que el anteproyecto de la Constitución de 1980 que redactó la Comisión Ortúzar tenía un estándar aún más alto al exigir que “ninguna ley podrá establecer penas sin que la conducta que se sanciona esté completa y expresamente descrita en ella”.

Wilenmann explica dicho contexto: “La historia de esa sentencia es lo más interesante, porque se jugó precisamente una pelea que la Junta de Gobierno había dado con los juristas más bien conservadores que redactaron el anteproyecto de Constitución. Precisamente para excluir que la ley penal hiciera reenvíos, el comisionado Raúl Bertelsen incorporó la expresión ‘ninguna ley podrá establecer penas sin que la conducta esté expresa y completamente descrita en ella”. La Comisión Ortuzar aprobó esa propuesta. Previendo que eso provocaría problemas institucionales, la Junta de Gobierno eliminó la expresión ‘completamente’. Luego, al elaborar la ley de drogas de la época, consultó al TC para asentar ese criterio”.

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